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¿Cuántos años tiene que cotizar un autónomo para cobrar la pensión?

Esto último es lo que más me sorprende después de años cubriendo temas de economía personal: nos preparamos para el presente, no para los últimos 20 años de vida. Y es exactamente ahí donde el sistema se vuelve cruel. Porque sí, técnicamente puedes jubilarte con 17 años cotizados… pero la pensión media de un autónomo en 2023 fue de 934 euros mensuales. Comparemos eso con los más de 1.400 euros de media de los asalariados. ¿La diferencia? No solo el tipo de cotización, sino también la continuidad. Un asalariado rara vez deja de cotizar; un autónomo, sin embargo, puede vivir ciclos: alto rendimiento, estancamiento, parón… y en cada pausa, se pierde tiempo que no se recupera.

El sistema de pensiones para autónomos: cómo funciona en la práctica

El régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) no es un misterio, pero tampoco es transparente. Desde 1967, los autónomos cotizan a la Seguridad Social de forma separada del régimen general. Lo que muchos no saben es que, aunque estés en paro o sin ingresos, si te mantienes dado de alta, sigues cotizando. (Y no, eso no lo hacen todos: muchos se dan de baja para ahorrar, sin darse cuenta de que están truncando su futuro.) La base mínima de cotización en 2024 es de 1.050 euros mensuales, lo que supone una aportación mensual de unos 310 euros (29,4% del total). La base máxima es de 4.139,40 euros. Aquí es donde se complica: la pensión no se calcula por el número bruto de años, sino por la media de las bases cotizadas en los últimos 25 años.

Y es que no es lo mismo haber cotizado 20 años al mínimo que al máximo. Ni es lo mismo haberlo hecho de forma continua que con interrupciones. El sistema recompensa la consistencia. Aun así, no se descartan los años más bajos, como en otros países: todos los años cotizados entran en la media, aunque hayas estado seis meses en ERTE o hayas reducido tu base por crisis. Esto explica por qué muchos autónomos jubilados viven con estrechez. El tema es que, mientras los asalariados tienen una cotización vinculada a su salario real, los autónomos eligen su base —y muchos eligen la más baja posible para aliviar la carga fiscal del presente—. Eso lo cambia todo.

Cuándo se empieza a contar el tiempo cotizado

El cómputo de años cotizados comienza desde el primer día en que estás dado de alta en el RETA. No importa si ese mes solo facturas 200 euros: si pagas la cuota, ese mes cuenta. Pero atención: si te das de baja, aunque sea por tres meses, ese tiempo no se suma. Y no es recuperable. Eso incluye bajas por cese de actividad, por enfermedad, o por decisión estratégica. La excepción: periodos de prestación por desempleo del autónomo (el paro de autónomos), que sí cotizan, aunque a una base reducida. Desde 2019 se puede acceder a esta prestación tras cotizar al menos 12 meses seguidos. Pocos lo saben, pero ese derecho existe —y es valioso.

Edad ordinaria de jubilación: depende de cuándo naciste

En 2027, la edad legal de jubilación será de 67 años para todos. Pero si naciste antes de 1967, puedes jubilarte antes. Por ejemplo, alguien nacido en 1960 puede jubilarse a los 65 años si ha cotizado al menos 38 años y seis meses. Esto introduce una variable clave: la relación entre edad y años cotizados. A más años, más posibilidades de retirarse antes. Pero si no alcanzas ese umbral, te toca esperar hasta los 67. Y si encima no tienes los 17 años mínimos, no tienes pensión. Punto. Esto último es raro, pero ocurre: autónomos que han estado dados de alta solo intermitentemente, o que han cotizado a través de otros regímenes que no se computan plenamente (como el régimen agrario).

Los factores que lo cambian todo: tipo de cotización, bases y continuidad

No todos los años cotizados valen igual. Esto es algo que la mayoría pasa por alto. Imagina dos autónomos: uno cotiza 20 años al 100% de la base máxima (unos 4.100 euros mensuales), otro 25 años al mínimo (1.050 euros). ¿Quién recibirá más pensión? El segundo tiene más años, pero el primero probablemente obtenga una pensión más alta. ¿Por qué? Porque la pensión se basa en la media de las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años). Si la mayor parte de esos meses están por debajo del 150% de la base mínima, el resultado será una pensión ajustada. El sistema penaliza la subcotización sistemática, aunque no la prohíba.

Y es exactamente ahí donde muchos caen en trampa. Porque sí, puedes pagar menos hoy. Pero estás hipotecando tu futuro. Es un poco como fumar: sabes que a largo plazo te pasará factura, pero el beneficio inmediato (ahorrar 150 euros al mes) es tentador. Añádele que, desde 2019, los autónomos pueden elegir su base de cotización cada año —y muchos la rebajan tras un mal ejercicio—. Lo que parece una decisión financiera racional en el momento, termina sesgando la media de cotización a la baja. Como resultado: pensiones insuficientes.

Cómo afecta la cotización por módulos

Los autónomos que tributan por estimación objetiva (módulos) tienen una particularidad: su base de cotización se calcula automáticamente, con frecuencia por debajo de lo que realmente facturan. Esto los expone a una doble penalización: pagan menos impuestos, pero también acumulan menos derechos pensionistas. Porque aunque facturen 50.000 euros al año, si el sistema les asigna una base de cotización de 1.500 euros, eso es lo que cuenta. Y no pueden elevarla libremente sin salir del régimen de módulos. Un dilema silencioso, que afecta a más del 30% de los autónomos en España.

¿Se pueden recuperar años cotizados perdidos?

Oficialmente, no. No existe un sistema de compra de años cotizados en España, como sí hay en otros países europeos. Una vez perdido un mes, se perdió. Pero hay una excepción: si has trabajado como asalariado antes o después de ser autónomo, esos años se suman. Y se suman completos. Esto es clave para muchos que han tenido trayectorias mixtas. Por ejemplo, una persona que trabajó 12 años en una empresa y luego fue autónoma 15 años, tendrá 27 años cotizados. Y eso le abre puertas: le permitiría jubilarse anticipadamente si cumple el resto de requisitos.

Pero hay un matiz: los periodos de desempleo no cotizado, las bajas voluntarias, o los años en los que se ha estado en otro régimen no contributivo (como el paro sin prestación), no se pueden recuperar. Honestamente, no está claro que el gobierno vaya a implementar un sistema de recompra: es un debate recurrente, pero sin avances. Los expertos no se ponen de acuerdo: algunos defienden que sería justo; otros, que generaría un agujero financiero.

Alternativas a la pensión pública: planes de pensiones, PPA, ahorro privado

Estamos lejos de que la pensión pública cubra el 80% del último salario, como hacía en los años 90. Hoy, la pensión media del autónomo cubre apenas el 55-60%. Y eso si tienes los años necesarios. Por eso, yo encuentro sobrevalorado depender únicamente del sistema público. El ahorro privado no es un lujo; es una necesidad. Los planes de pensiones individuales, los PPA (Planes de Previsión Asegurados), o simplemente una cartera de inversión en fondos indexados, pueden marcar la diferencia.

Comparemos: un autónomo que ahorra 150 euros al mes desde los 35 años, con una rentabilidad media del 4% anual, tendría unos 140.000 euros a los 67. Eso supone unos 600 euros mensuales adicionales (en forma de renta vitalicia). Sumado a una pensión pública de 900 euros, ya estamos en 1.500. No es lujo, pero sí dignidad. ¿Y qué hay de quienes empiezan tarde? Basta decir que cada década cuenta. Empezar a los 45 es mejor que a los 55. Y a los 55, mejor que nunca.

Planes de pensiones vs. PPA: cuál elegir

Los planes de pensiones permiten desgravar hasta 2.000 euros anuales (o el 30% de los ingresos, lo que sea menor). Los PPA, en cambio, tienen límites más bajos (5.000 euros anuales), pero permiten heredar sin tributar en IRPF (solo en sucesiones). Además, los PPA no están sujetos al Fondo de Garantía de Pensiones, lo que implica algo más de riesgo. La elección depende del perfil: si buscas flexibilidad fiscal y transmisión, el PPA puede ser mejor. Si priorizas la desgravación inmediata, el plan tradicional.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo jubilarme a los 65 años siendo autónomo?

Sí, pero solo si has cotizado al menos 38 años y seis meses. Si no, deberás esperar hasta los 67. Además, debes cumplir el mínimo de 17 años cotizados. La edad exacta depende de tu año de nacimiento y de tu historial en la Seguridad Social.

¿Qué pasa si no llego a los 17 años cotizados?

En ese caso, no tendrás derecho a pensión por jubilación. Sí podrías acceder a una prestación no contributiva, siempre que cumplas los requisitos de residencia y renta. Esta prestación, en 2024, ronda los 430 euros mensuales —una cantidad claramente insuficiente para vivir.

¿Cuentan los años cotizados en otros países de la UE?

Sí, gracias a los convenios de seguridad social de la Unión Europea. Los periodos cotizados en otros países se suman al total, aunque la pensión se calcula por separado. Esto es útil para quienes han trabajado en más de un país.

Veredicto

La respuesta directa es: mínimo 17 años. Pero esa cifra es engañosa. Porque no garantiza una pensión digna. Porque depende de cómo hayas cotizado. Porque si te das de baja, pierdes tiempo. Porque la media de las bases es clave. Y porque muchos autónomos no llegan ni siquiera a esos 17 años por decisiones que parecían lógicas en su momento: ahorrar en cuotas, salir del RETA en malos momentos, o no planificar. Yo estoy convencido de que el sistema necesita reformas: más flexibilidad, más incentivos para cotizar alto, y quizás, un mecanismo de recompra de años. Pero mientras eso llega, la responsabilidad recae en cada uno. No basta con cumplir el mínimo. Hay que pensar a largo plazo. Porque jubilarse no es un evento: es una etapa. Y si no la preparas, te encontrará desnudo.